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Cómo afecta el Brexit a los dominios .eu 1La Comisión Europea hizo público un comunicado el pasado 18 julio en el que ofrecía información sobre las consecuencias de un Brexit sin acuerdo para aquellos que tuvieran dominios .eu registrados en Reino Unido. En este artículo encontraréis lo esencial sobre el tema. 

El 29 de marzo de 2017 Reino Unido presentó el comunicado de su intención de irse de la Unión Europea de acuerdo al artículo 50 del Tratado de la Unión Europea. A partir del 1 de noviembre (“fecha de retirada”), el Reino Unido tendrá nacional extranjera ¿has pensado cómo afecta esto a los dominios de Internet?

En vista a las dudas que rodean la confirmación del Acuerdo de retirada, se recuerda a los registradores de dominios de alto nivel “.eu”, a los solicitantes de registro de nombres de dominio “.eu” que deben de tener en cuenta que Reino Unido se convertirá en un tercer país. A partir de la fecha de la retirada, el marco regulador de la Unión Europea para el dominio de primer nivel “.eu” dejará de aplicarse en el Reino Unido. Estas son las  consecuencias: 

Registro y renovación del nombre del dominio

Según el Reglamento pueden registrar los nombres de dominio «.eu» las siguientes personas: 

  1.  Un ciudadano comunitario, independientemente de su lugar de residencia
  2.  Una persona que no sea ciudadano comunitario y resida en un Estado miembro
  3.  Una empresa establecida en la Comunidad
  4. Una organización establecida en la comunidad, sin perjuicio del derecho nacional aplicable. 

A partir de la fecha de retirada, las empresas, personas y organizaciones establecidas del Reino Unido ya no podrán registrar nombres de dominio «.eu» o, si son solicitantes de registro de dominio «.eu», deberán renovar los nombres de dominio «.eu» registrados antes de la fecha de retirada.

Los registradores acreditados del dominio «.eu» no podrán tramitar ninguna solicitud de registro o renovación de registros de nombres de dominio «.eu» por parte de dichas empresas, organizaciones y personas.

Anulación de los dominios .eu registrados en Reino Unido

A partir de la fecha de retirada y de la salida de Reino Unido, el titular del nombre del dominio ya no cumple los criterios generales de idoneidad, por lo que el registrador del dominio puede revocar el nombre del dominio por propia iniciativa y sin presentar la disputa a ningún acuerdo extrajudicial.

Anulación de la protección en caso de dominios abusivos o especulativo

Según el artículo 21 (1) del Reglamento (CE) 874/2004, el nombre del dominio registrado podrá ser objeto de revocación, en los casos que el nombre sea idéntico o se asemeje de forma confusa con otro un nombre sobre el que haya sido ya reconocido o establecido un derecho nacional o comunitario. Sin embargo, a partir de la fecha del Brexit, los derechos reconocidos o establecidos por el Reino Unido, pero no en la UE o por la comunidad, no podrán recurrir a este artículo y por lo tanto no están amparados por él.